LEY BASES

Las claves de la reforma laboral: qué cambia a partir de ahora

¿Qué va a pasar con las indemnizaciones, el blanqueo laboral y el período de prueba si se aprueba la ley en el Senado?

04 Mayo de 2024
Guillermo Francos festeja la aprobación en diputados
Guillermo Francos festeja la aprobación en diputados .

El Gobierno de Javier Milei logró la aprobación en Diputados de la reforma laboral incluida en la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, conocida como ley ómnibus. Ahora, el proyecto pasará al Senado de la Nación y de convertirse en ley, habrá cambios importantes en el mundo del trabajo.


Tras un debate que comenzó en el mediodía del lunes y se extendió hasta pasado el mediodía del martes, la cámara de Diputados aprobó los Títulos 4 y 5 de la Ley Bases, que incluyen la reforma laboral. La misma obtuvo el visto bueno de la cámara por 140 votos a favor, 111 en contra y una abstención.

 

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La Cámara de Diputados aprobó la ley Bases, que pasará al Senado. 

 

Las claves de la reforma laboral de la ley Bases: cómo será ahora

 

Ampliación del período de prueba

La Ley de Contrato de Trabajo actual establece un período de prueba de tres meses para los trabajadores. Si finalmente la reforma laboral se convierte en ley en el Senado, el período de prueba se extenderá hasta al menos seis meses. Sin embargo, puede estirarse hasta 8 meses en casos de empresas de menos de 100 empleados y hasta un año si es una compañía de 5 empleados o menos. 

 

Fondo de Cese Laboral

Se establece que, mediante acuerdo de modificación de los convenios colectivos de trabajo, podrán cambiarse el sistema de indemnizaciones por despido sin justa causa por el fondo de cese laboral, un modelo copiado de la UOCRA, en el que se realizan aportes mensuales durante la relación laboral que luego son devueltos al trabajador cuando la misma finaliza.

El Poder Ejecutivo podrá establecer cómo será ese fondo de cese en la reglamentación de la ley.  "Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo", establece la reforma.

 

Indemnizaciones por trabajo en negro

La reforma laboral incluye un blanqueo para empleadores que tengan trabajadores no registrados (en negro). Entre sus puntos está el fin de la indemnización por despido agravada en el caso de que se compruebe que la relación laboral no estaba registrada. 

 

Blanqueo laboral

Se crea un programa para regularizar las relaciones laborales, que incluye la condonación de al menos el 70% de las deudas del empleador en materia de aportes patronales y a la seguridad social. 

 

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 Los trabajadores incluidos tendrán derecho a computar hasta sesenta (60) meses de servicios con aportes o la menor cantidad de meses por la que se los regularice, calculados sobre la base de un salario mínimo vital y móvil, hoy en $ 202.800, aunque se actualizará a la brevedad. 
 

Licencias por maternidad

Se mantiene el período de 90 días para las licencias por maternidad para personas gestantes. Sin embargo, podrán trabajar hasta 10 días antes de la fecha estimada del parto, cuando en la actualidad es 45 días. El resto de la licencia quedará para después del nacimiento. 

 

Relación de solidaridad

Para el caso de los trabajadores contratados por una empresa, pero con el fin de prestar servicios a una tercera, la empresa usuaria "será responsable solidaria por las obligaciones laborales y de la seguridad social respecto de los trabajadores proporcionados, exclusivamente respecto de aquellas devengadas durante el tiempo de efectiva prestación para esta última".  

 

La nueva figura: trabajadores colaboradores

Se crea la figura del trabajador "colaborador" de un trabajador independiente para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrán acogerse a un régimen especial unificado, cuyos detalles quedan a criterio del Poder Ejecutivo en la reglamentación.

 

Se establece que no hay relación de dependencia entre ellos, y tanto el trabajador contratante como para los demás abonarán una cuota mensual que sirvan de aportes al régimen previsional, de obras sociales y de riesgos del trabajo. No se podrá contratar más de 5 empleados bajo esta modalidad.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: El Cronista